El pasado martes 6 de julio se celebró en la Audiencia Nacional el juicio por la reclamación contra el ERE de M.Torres presentada por la Sección Sindical ELA.
Testigos y perito
El tribunal citó al perito y a todos los testigos solicitados por la abogada de la Sección Sindical ELA. Todos acudieron a la Audiencia Nacional el día 6 de julio a excepción de un miembro de la Sección Sindical ELA que testificaría telemáticamente.
Por parte de ELA fueron citados todos los miembros de la Mesa de Negociación de ELA. Esto incluía a los cuatro miembros de la Sección Sindical, al Enlace Sindical y a la abogada que estuvieron presentes durante la negociación (a excepción hecha de las reuniones de las que fueron excluidos).
Un perito económico del sindicato y un trabajador despedido completaban los testigos citados por la abogada de ELA.
CITE, un caso aparte.
A la Audiencia Nacional acudieron testigos, peritos y abogados tanto de la Dirección de la Empresa como de CCOO pero solo acudió un miembro de CITE de los tres convocados y sin la representación legal de un abogado.
Ante esta situación irregular, la abogada de ELA tuvo que reconocer al miembro de CITE para que pudiera estar presente durante el juicio y pudiera hablar (deferencia que ni CITE ni CCOO tuvieron con la Sección Sindical de ELA cuando se firmó el acuerdo).
Principales cuestiones denunciadas
La abogada de ELA responsable del juicio, ha elaborado un breve resumen:
- El supuesto acuerdo de fin de periodo de consultas es contrario a la ley por extemporáneo y por haber sido adoptado vulnerando el derecho a la libertad sindical de esta parte (se ha negociado en paralelo excluyendo a esta parte y además se ha adoptado tras una celebración de una consulta vinculante entre los trabajadores sin las más mínimas garantías).
- Falta de información y documentación deliberada, tanto de la documentación legal como de la adicional: esto ha generado indefensión y es muestra de la mala fe de la empresa, todo lo cual resulta en que la parte social no ha tenido suficiente información para comprobar la veracidad de las causas y la razonabilidad y adecuación de la medida propuesta.
- Mala fe derivada de la falta de información deliberada, de la negativa de la empresa a discutir, analizar y negociar las propias causas, los criterios de afectación, salidas voluntarias para reducir las salidas forzosas, etc. además de que esta mala fe se extiende tras el periodo de consultas cuando se decide negociar a espaldas de ELA, realizar una votación irregular y adoptar el acuerdo extemporáneo e ilícito y también al comunicar los despidos a los trabajadores antes que la decisión final a la RLT (lo cual además infringe el procedimiento legal).
- Las causas no han sido acreditadas y la medida es desproporcionada: corroborado por el perito de ELA, se desconocen los datos y métodos con las que la empresa obtiene sus conclusiones respecto a las causas económicas y esto es más acuciante aún en las causas productivas alegadas, las organizativas ni si quiera se explican. En esta tesitura y teniendo en cuenta que la empresa ni ha explorado ni valorado adoptar medidas alternativas que son factibles y evitarían los despidos forzosos nos lleva a concluir que la medida planteada no es en ningún caso ni proporcionada ni razonable.
Juicio
- El juicio se celebró sin público debido a las medidas preventivas por la pandemia.
- Después de la exposición inicial de las partes se llamó a declarar al perito económico del sindicato ELA (el único que aportó la representación de los trabajadores) y posteriormente declararon dos peritos de la Empresa (un auditor y un consultor).
- A continuación se permitió testificar al trabajador de M.Torres Navarra despedido y los jueces consideraron que no correspondía ninguna otra testifical.
- El juicio prosiguió con las conclusiones finales de cada parte terminando en algo más de dos horas y quedando listo para sentencia.
- El plazo para emitir la sentencia puede ser muy variable pero se espera que la misma este lista antes de finalizar el verano.