Por alusiones a la Sección Sindical de ELA en el comunicado “¿Qué es MTorres?”

La semana pasada recibimos en nuestros domicilios un documento firmado por la propiedad de la empresa y con el título “¿Que es M.Torres?”

Nos gustaría hacer algunas consideraciones por alusiones a la Sección Sindical de ELA:

Los componentes de la sección de ELA somos profesionales con años de experiencia y como el resto de la plantilla, con la voluntad de realizar nuestro trabajo lo mejor posible y con el máximo nivel de implicación y responsabilidad. Esto incluye nuestro trabajo en el ámbito del Comité de Empresa.

Como otros trabajadores de M.Torres tenemos preocupaciones sencillas:

  • Nos preocupa la marcha de la empresa, porque de ello depende nuestro empleo y salario.
  • Nos preocupa que en momentos de máximos beneficios los salarios no hayan reflejado esa bonanza.
  • Nos preocupa la brecha salarial entre los trabajadores veteranos y las nuevas incorporaciones y la falta de expectativas de que se reduzca.
  • Nos preocupa el NMR, su supuesta “voluntariedad” sus secretas y opacas cláusulas.
  • Nos preocupa el aumento de compañeros con condiciones salariales y contractuales muy inferiores al resto de la plantilla: contratos temporales, becarios, contratos en prácticas, subcontratados, ETT …
  • Nos preocupa las largas jornadas de trabajo y la presión sobre determinados colectivos para que se realicen horas extras gratuitas.
  • Nos preocupa especialmente el colectivo de Servicio exterior: su aumento desproporcionado de jornada anual, los incumplimientos de los descansos obligatorios, la perdida de días de descanso, el alto número de días de viaje al año y sus consecuencias sobre la conciliación familiar y social del trabajador, la falta de control sobre sus vacaciones y días de descanso y la total falta de sostenibilidad en el tiempo de las actuales condiciones laborales.
  • Nos preocupa la seguridad y salud en el trabajo y los riesgos psicosociales.
  • Nos preocupa que nuestra empresa se convierta en un “Paraíso Empresarial” donde solo se cumplan aquellas leyes que convengan la dirección de la empresa.

Alguna de estas preocupaciones pueden ser del siglo diecinueve pero están plenamente justificadas en nuestra empresa del siglo veintiuno.

Nuestra historia como Sección Sindical está íntimamente relacionada con el crecimiento y mejora de nuestra empresa a lo largo de muchos años. Nos avalan años de colaboración, dialogo y acuerdos.

Lamentamos que la Propiedad vea de forma tan negativa nuestra labor de negociación, de defensa de las condiciones laborales y de divulgación e información a todos los trabajadores.
Si dejamos de cumplir con nuestras obligaciones: ¿Qué sentido tiene nuestro compromiso como representantes de los trabajadores en un estado de derecho?

Finalmente queremos agradecer las muestras de ánimo y solidaridad que muchos de vosotros nos habéis transmitido. Vuestro apoyo es imprescindible para nuestra labor.

 

Un Blog imprescindible.

2017_Blog

En este último semestre, nuestro blog, ha recibido tantas visitas como en todo el año 2016. Próximamente llegaremos a las veinte mil visitas.

Empezamos recibiendo visitas solo cuando avisábamos por correo de nuevas entradas. Al mismo tiempo que aportábamos nuevos contenidos, aumentaban los accesos a los mismos y la utilización de los hipervínculos.
Actualmente, cerca del 20 % de los accesos, son búsquedas de información al margen de las nuevas entradas del blog.

Nuestro blog se ha convertido en un referente sobre información laboral e imprescindible para estar al tanto del día a día en relaciones laborales.

No gustaría recordaros  que en el MENU superior tenéis dos opciones importantes para buscar información de forma rápida:

2017_Menú

ÍNDICE POR TEMAS

Información actualizada ordenada por temas.
Entre otros, La Sección Sindical de ELA, el Comité de Empresa, el Pacto de Empresa, licencias retribuidas o un apartado para las preguntas más frecuentes que nos planteáis.

DOCUMENTACIÓN

Documentos que usamos habitualmente, enlaces de interés y un archivo de documentos antiguos.

 



Es de suma importancia conocer tus derechos laborales, pero también lo es disponer del respaldo de un servicio jurídico profesional. Afiliándote al sindicato ELA, contarás con profesionales dedicados a ofrecerte asesoramiento y defensa jurídica en cuantos problemas de tipo laboral y de seguridad social se te presenten.
Puedes informarte pulsando aquí.
Recuerda que tu afiliación es un dato completamente confidencial.

 

 

“Contestación” de RRHH sobre la subida salarial 2017

Tal y como nos comprometimos, el pasado lunes día 18, enviamos este correos a RRHH:

Buenas tardes:

Una vez definido el incremento salarial para el año 2017 en el convenio del metal de Navarra, el 2,5%, solicitamos se actualice a salarios reales, como en años anteriores,  en la nómina del mes de junio. 

Aprovechamos para pedir las cuentas del año 2016.

Un saludo. 

De el último correo de RRHH enviado a toda la plantilla, entendemos que nuestra solicitud ha sido denegada.
RRHH no tiene intención de aplicar la subida completa del 2,5% a salarios reales y la actualización no se hará efectiva hasta que la firma del acuerdo de la mesa negociadora del Convenio del Metal de Navarra se publique en el BOE.

Sobre la crítica a nuestro comunicado del 8 de junio solo podemos decir que nuestro escrito nos sigue pareciendo correcto e incluye toda la información necesaria para respaldar nuestra solicitud.

Lo que puede no haber quedado muy claro es como afecta esta subida del convenio del metal a los trabajadores incluidos en el NMR.
En la reunión mantenida con Inspección de Trabajo el el pasado 16 de mayo con presencia de los responsables de RRHH y a raíz de una pregunta planteada por la Sección Sindical de ELA; el inspector dejó claro que sería ilegal cualquier acuerdo individual que empeorara las condiciones del Convenio de aplicación.
Por lo tanto, la mínima subida salarial aplicable en 2017 a los trabajadores incluidos en el NMR sería del 2,5% a tablas salariales.

Una vez rechazada nuestra solicitud y en vista de la confusión creada con el último correo de RRHH, vamos a solicitar una reunión del Comité de Empresa con RRHH para que nos expliquen como tienen pensado realizar la actualización salarial.

“Contestación” de RRHH a nuestra petición.

Buenas tardes,

En relación a la comunicación recientemente publicada sobre la actualización salarial aplicable al personal en Pacto y con el fin de despejar cualquier confusión generada como consecuencia de la misma, desde el área de RRHH debemos aclarar lo siguiente:

Lo acordado en el Convenio del Metal de Navarra es un 2,5% aplicable exclusivamente sobre tablas garantizadas del Metal de Navarra (ver acta adjunta del acuerdo).

  • Este acuerdo, conforme a lo definido en nuestro Pacto, implica una mayor subida salarial en aquellos casos en los que el incremento del 2,5% sobre tablas del Metal de Navarra sea superior al 1,5% sobre salarios reales (ya aplicado).
  • Actualmente estamos calculando las diferencias que pudiesen existir en cada caso para aplicarlas con efecto 1 de enero en la primera nómina tras la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra.
  • Una vez realizado el cálculo informaremos individualmente a todas aquellas personas cuya revisión salarial se vea afectada por lo acordado en el Convenio de Metal.

Consideramos inaceptable la actitud y la comunicación realizada por la sección sindical de ELA quien, bajo la aparente premisa del “todo vale”, pretende tergiversar lo pactado y confundir a la plantilla.

Estamos a vuestra disposición en el departamento de RRHH si tenéis cualquier duda o necesitáis cualquier aclaración.

Dirección RRHH – MTDI

Subida salarial 2017

Monedas escalera

Esta mañana se ha reunido la Mesa del Metal de Navarra para determinar el incremento salarial para el año 2017, ante la falta de un acuerdo en la AENC.

Se ha pactado una subida del IPC histórico estatal (1,6%) más un 0,9%. En total un 2,5% a aplicar sobre tablas.

Actualmente, por pacto de empresa, se ha aplicado una subida salarial de 1,5% a salarios reales.

La sección sindical de ELA va a solicitar a RRHH que actualice el 1% restante sobre salarios reales y si es posible que la aplique en la próxima nomina, sin esperar a su publicación en el BON.

Nos gustaría recordar que esta subida seria también la mínima aplicable a los trabajadores sujetos al NMR (Nuevo Modelo Retributivo).

Reunión en Inspección de Trabajo

2017_Inspección de trabajo

El pasado día 16 de mayo Inspección de trabajo convocó a una reunión en su sede en Pamplona a los responsables de RRHH y a los miembros de la Sección Sindical de ELA.
La razón de esta reunión era el requerimiento presentado ante inspección de trabajo por parte de la Sección Sindical de ELA sobre el derecho a recibir información sobre horas extras y el NMR (Nuevo Modelo Retributivo).

Aquí tenéis un resumen de las notas que tomamos durante la reunión:

Horas extras

Sección Sindical de ELA:
Esta sección sindical quiere llevar control de las horas extras que se realizan, por el exagerado aumento de jornada anual en algunos colectivos, por los problemas de conciliación familiar y privada y por la eliminación de puestos de trabajo que esto conlleva.
La falta de control sobre estas horas reducen considerablemente las jornadas de descanso de los trabajadores, sobre todo de servicio exterior.

Abogado de M.Torres:
En M.Torres no se hacen horas extras no remuneradas pues esto sería ilegal.

RRHH:
Es muy difícil saber cuantas horas de trabajo efectivo hace cada trabajador. Los trabajadores son altamente autónomos y no se lleva control de las pausas que se hacen (café, cigarrillos, etc.) el resto de horas de presencia son voluntarias.
En Servicio Exterior no lleva control de las horas que se hacen.

En Servicio Exterior no hacen horas extras pagadas porque nadie las solicita.

Inspección de trabajo:
Considera que la dirección de la empresa hace una grave dejación de sus obligaciones de control e información de las horas extras, sobre todo en servicio exterior.
RRHH debe informar mensualmente a cada trabajador, junto con la nómina, de las horas extras realizadas. Esta es la misma información debe ser comunicada al Comité de Empresa.
A partir de la novena hora diaria o de las cuarenta semanales de trabajo, todas las horas tienen la consideración de horas extras.
El pago de dietas, aunque sean de mayor cuantía que las estipuladas por la legislación laboral, no compensa de ninguna manera un aumento de jornada anual por encima de lo estipulado en convenio.

NMR (Nuevo Modelo Retributivo)

RRHH:
Accederían a informar de manera verbal sobre el sistema, pero no por escrito al Comité de Empresa.

Inspección de Trabajo:
Este tipo de modelos está extendiéndose por diferentes empresas.
Inspección estudiará si RRHH tiene obligación legal de informar sobre este tema a los representantes de los trabajadores.
Los acuerdos individuales son ilegales si empeoran las condiciones laborales del trabajador con respecto al Convenio del Metal de Navarra. Por tanto, sería ilegal un acuerdo de aumento de jornada anual superior al que marque el convenio o la aplicación de una subida de salario anual inferior a la aplicable por convenio.

Prohibición de entrada a las instalaciones a los asesores de ELA

Inspección de Trabajo:
Inspección remarca que los cargos sindicales electos tienen derecho a entrar en los centros de trabajo previo aviso al empresario.

 

Inspección de trabajo solicitó a RRHH la entrega de algunos documentos y se comprometió a enviar un informe sobre sus conclusiones.

Prohibido el paso

Como hemos venido informando el Comité de Empresa y la dirección de RRHH vienen manteniendo reuniones para unificar el documento de Pacto de Empresa. Empresa y representantes de los trabajadores recopilan acuerdos, documentos y revisan la situación del pacto.
La Sección Sindical de ELA recibe habitualmente asesoramiento legal y laboral desde el Sindicato. Generalmente los asesores no tienen problema en desplazarse a nuestro centro de trabajo. El día 9 de mayo convocamos a uno de nuestros asesores para repasar las implicaciones de la unificación del documento de Pacto Empresa.
Sorprendentemente se le negó el acceso a nuestras instalaciones.

Según RRHH la prohibición del acceso de debía a “un cambio del procedimiento interno en la empresa” y que a partir de ahora ningún asesor sindical puede entrar en el centro de trabajo.

No se nos escapa que esta nueva traba a nuestro trabajo sindical, no es mas que una represalia por los últimos requerimientos a inspección de trabajo en defensa de los trabajadores; en concreto el que presentamos referente a la información sobre las horas extras de la plantilla.

Desde la Sección Sindical de ELA queremos manifestar nuestra indignación por el trato que recibió nuestro asesor. Esta prohibición es un nuevo obstáculo para el desarrollo de nuestra actividad como representantes de los trabajadores con total libertad.
Estamos analizando el alcance legal de esta situación que confiamos poder solucionar en breve.

Segundo Comité de Seguridad y Salud de 2017

El pasado miércoles 3 de mayo, mantuvimos la segunda reunión del año del Comité de Seguridad y salud. Este es un breve resumen de algunos de los temas que se trataron y que consideramos más relevantes

Análisis y revisiones médicas

El Departame2017_analisisnto de Prevención reseño que las revisiones médicas se estaban retrasando por problemas internos de la empresa que los realiza. La previsión es que se completen antes de principios de julio.

Seguimiento de Factores Psicosociales

La Sección S2017_psicosocialindical de ELA, pregunto por los avances en este tema. El Departamento de Prevención comentó que no se había hecho nada a la espera del informe de la psicóloga del ISPLN.
El delegado de prevención de ELA, recordó que habían propuesto varias mejoras con las que se podía empezar a trabajar sin esperar al citado informe, empezando por una vigilancia de la salud (revisiones médicas) enfocada a detectar casos de riesgo psicosocial.

Mejora del acceso peatonal de los aparcamientos

A preguntas sobre este tema se contestó que la petición de la Sección Sindical de ELA estaba siendo estudiada por el Departamento de Mantenimiento.

Trabajos con camiones en Nave

L2017_humosa Sección Sindical de ELA, comenta que lleva haciendo seguimiento de trabajos con camiones dentro de las naves, fundamentalmente grúas y hormigoneras, y que los mismos se están realizando sin los medios de aspiración de humos adecuados (con el consiguiente riesgo para los trabajadores)
Se vuelve a solicitar un mejor seguimiento de este problema recurrente e histórico.

Grabación de las reuniones del CSyS

CITE entrega un documento una propuesta algo más detallada para grabar las reuniones del CSyS.

Viajes a países bajo la ley islámica

CCOO planteó la inquietud de algunos trabajadores sobre posibles viajes a países con leyes y castigos muy diferentes a los occidentales.
Se comentó que RRHH viene elaborando una “Ficha de Información para Viaje” con una completa información sobre las diferentes peculiaridades de cada país en materia de seguridad, sanidad, legislación etc y que es imprescindible leer antes de cada viaje.
Estas fichas están disponibles en BrainBox.

Jornada de trabajo 2018 y descansos .

Actualizado junio 2018

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Este es un resumen de puntos relacionados con la jornada de trabajo semanal y anual en M.Torres; así como de los descansos a los que obliga la legislación laboral.
Estos puntos son de aplicación a toda la plantilla, tanto en planta, como en trabajos de servicio exterior.

Jornada semanal ordinaria:  40 horas

Distribución de la jornada ordinaria semanal de 40 horas:

  • De lunes a jueves: de 8.00 a 17.00 horas
    8,5 horas de jornada laboral + 0,5 horas de descanso para comer.
  • Viernes: de 8.00 a 14.00 horas
    6 horas de jornada laboral

Turnos de trabajo: 38 horas semanales*

  • Turno de mañana de lunes a jueves: de 6.00 a 14.00 horas*.
  • Turno de tarde de lunes a jueves: de 14.00 a 22.00 horas*.
  • Turno de mañana viernes: de 6.00 a 12.00 horas.
  • Turno de tarde viernes: de 12.00 a 18.00 horas.

* Los trabajadores afectados por los turnos de trabajo de mañana y tarde, tendrán una jornada laboral de ocho horas de lunes a jueves, entendiéndose la media hora restante como compensada. (PEMT art.23)

Jornada anual 2018:  1695 horas

Para el año 2018 la jornada anual será de 1695 horas.
Cada trabajador tendrá 177 horas de vacaciones + 34 horas opcionales (de libre disposición)+5,5 horas de ajuste (de libre disposición)
La distribución de estas horas, junto con las fiestas oficiales, están establecidas en el calendario laboral del año 2018.

Horas extraordinarias:  80 horas

Son aquellas que se realizan sobre la duración máxima de la jornada ordinaria (ET art.35) Salvo excepciones, serán voluntarias y deben compensarse tal y como indica el Pacto de Empresa.  (PEMT art.6)
El número máximo de horas extraordinarias al año a realizar por un trabajador será de 80.
No se computarán a estos efectos las que hayan sido compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización. (ET art.35)

Horas de viaje

  • Las horas de viaje tendrán la consideración jornada de trabajo según el siguiente criterio (CMN art.21.2):
    • Las primeras 8 horas de viaje tendrán la consideración de trabajo efectivo al 100%.
    • De la hora 9 a la 16, ambas inclusive, no tendrán la consideración de trabajo efectivo.
    • De la hora 17 inclusive en adelante, tendrán la consideración de trabajo efectivo al 50%.

Hasta aquí hemos descrito la jornada ordinaria de trabajo y las normas que limitan el uso de horas extras voluntarias. Los descansos obligatorios que exponemos a continuación regulan la distribución diaria y semanal de de la jornada de trabajo y su cumplimiento no debe suponer un aumento de la jornada ordinaria y deben respetarse incluso en la realización de horas extras voluntarias.

Descanso diario

Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas (ET art.34).
Este descanso serán de obligado cumplimiento.
Todas las horas de viaje tendrán la consideración de horas de trabajo para determinar el establecimiento de las horas de descanso diarias.

Descanso semanal

El descanso semanal ordinario en M.Torres es de dos días: sábado y domingo.
De cualquier manera (por ejemplo en caso de horas extras), los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, acumulable por períodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido que, como regla general, comprenderá la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo (ET art.37).

Este es uno de los puntos más controvertidos en Servicio Exterior por la errónea interpretación que se hace del mismo.
Medio día laboral son cuatro horas de trabajo. Si por ejemplo, se trabajan cuatro horas extras el sábado por la mañana,  el descanso obligatorio será  sábado tarde y todo el día del domingo. Cada hora que se sobrepase las cuatro horas de jornada el sábado, deberá restarse al inicio de jornada el lunes. Además las horas extras realizadas el sábado deberán ser compensadas tal y como marca el Pacto de Empresa (PEMT art.6)



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1 de Mayo

Día internacional de los trabajadores.

El 1 de mayo es la jornada de reivindicación más importante de los trabajadores.

El origen de esta celebración se remonta al año 1886 en Estados Unidos.
Por aquel entonces las jornadas laborales podían prolongarse durante doce horas, incluso hasta dieciocho “en caso de necesidad”. El 1 de mayo fue el inicio de una huelga en reivindicación de la jornada laboral de ocho horas y cuyo momento culminante, fue tres días después en Chicago, con la Revuelta de Haymarket. En los incidentes se produjeron numerosos muertos y heridos y la situación fue aprovechada para encarcelar a varios dirigentes sindicales y condenar a muerte a seis de ellos.

En recuerdo de aquellos acontecimientos, esta fecha se ha utilizado habitualmente para realizar diferentes reivindicaciones de carácter social y laboral en gran parte del mundo.
En los últimos años esta fecha adquiere especial relevancia por la progresiva pérdida de derechos laborales y el notable aumento de la desigualdad  en el reparto de la riqueza a causa de la crisis.
El 1 de mayo es una oportunidad para reivindicar un cambio de dirección y retomar el camino hacia una sociedad más justa.