Reunión en Inspección de Trabajo

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El pasado día 16 de mayo Inspección de trabajo convocó a una reunión en su sede en Pamplona a los responsables de RRHH y a los miembros de la Sección Sindical de ELA.
La razón de esta reunión era el requerimiento presentado ante inspección de trabajo por parte de la Sección Sindical de ELA sobre el derecho a recibir información sobre horas extras y el NMR (Nuevo Modelo Retributivo).

Aquí tenéis un resumen de las notas que tomamos durante la reunión:

Horas extras

Sección Sindical de ELA:
Esta sección sindical quiere llevar control de las horas extras que se realizan, por el exagerado aumento de jornada anual en algunos colectivos, por los problemas de conciliación familiar y privada y por la eliminación de puestos de trabajo que esto conlleva.
La falta de control sobre estas horas reducen considerablemente las jornadas de descanso de los trabajadores, sobre todo de servicio exterior.

Abogado de M.Torres:
En M.Torres no se hacen horas extras no remuneradas pues esto sería ilegal.

RRHH:
Es muy difícil saber cuantas horas de trabajo efectivo hace cada trabajador. Los trabajadores son altamente autónomos y no se lleva control de las pausas que se hacen (café, cigarrillos, etc.) el resto de horas de presencia son voluntarias.
En Servicio Exterior no lleva control de las horas que se hacen.

En Servicio Exterior no hacen horas extras pagadas porque nadie las solicita.

Inspección de trabajo:
Considera que la dirección de la empresa hace una grave dejación de sus obligaciones de control e información de las horas extras, sobre todo en servicio exterior.
RRHH debe informar mensualmente a cada trabajador, junto con la nómina, de las horas extras realizadas. Esta es la misma información debe ser comunicada al Comité de Empresa.
A partir de la novena hora diaria o de las cuarenta semanales de trabajo, todas las horas tienen la consideración de horas extras.
El pago de dietas, aunque sean de mayor cuantía que las estipuladas por la legislación laboral, no compensa de ninguna manera un aumento de jornada anual por encima de lo estipulado en convenio.

NMR (Nuevo Modelo Retributivo)

RRHH:
Accederían a informar de manera verbal sobre el sistema, pero no por escrito al Comité de Empresa.

Inspección de Trabajo:
Este tipo de modelos está extendiéndose por diferentes empresas.
Inspección estudiará si RRHH tiene obligación legal de informar sobre este tema a los representantes de los trabajadores.
Los acuerdos individuales son ilegales si empeoran las condiciones laborales del trabajador con respecto al Convenio del Metal de Navarra. Por tanto, sería ilegal un acuerdo de aumento de jornada anual superior al que marque el convenio o la aplicación de una subida de salario anual inferior a la aplicable por convenio.

Prohibición de entrada a las instalaciones a los asesores de ELA

Inspección de Trabajo:
Inspección remarca que los cargos sindicales electos tienen derecho a entrar en los centros de trabajo previo aviso al empresario.

 

Inspección de trabajo solicitó a RRHH la entrega de algunos documentos y se comprometió a enviar un informe sobre sus conclusiones.

Prohibido el paso

Como hemos venido informando el Comité de Empresa y la dirección de RRHH vienen manteniendo reuniones para unificar el documento de Pacto de Empresa. Empresa y representantes de los trabajadores recopilan acuerdos, documentos y revisan la situación del pacto.
La Sección Sindical de ELA recibe habitualmente asesoramiento legal y laboral desde el Sindicato. Generalmente los asesores no tienen problema en desplazarse a nuestro centro de trabajo. El día 9 de mayo convocamos a uno de nuestros asesores para repasar las implicaciones de la unificación del documento de Pacto Empresa.
Sorprendentemente se le negó el acceso a nuestras instalaciones.

Según RRHH la prohibición del acceso de debía a «un cambio del procedimiento interno en la empresa» y que a partir de ahora ningún asesor sindical puede entrar en el centro de trabajo.

No se nos escapa que esta nueva traba a nuestro trabajo sindical, no es mas que una represalia por los últimos requerimientos a inspección de trabajo en defensa de los trabajadores; en concreto el que presentamos referente a la información sobre las horas extras de la plantilla.

Desde la Sección Sindical de ELA queremos manifestar nuestra indignación por el trato que recibió nuestro asesor. Esta prohibición es un nuevo obstáculo para el desarrollo de nuestra actividad como representantes de los trabajadores con total libertad.
Estamos analizando el alcance legal de esta situación que confiamos poder solucionar en breve.

Requerimiento a Inspección de Trabajo

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Como hemos venido informando, la Sección Sindical de ELA, lleva meses intentando que la dirección de la empresa entregue al Comité de Empresa de M.Torres información sobre horas extraordinarias y sobre el NMR (nuevo modelo retributivo) en cumplimiento de la legislación laboral. (RD 1561/1995 disposición adicional tercera)(CMN art.36)(PEMT art.6)(ET art.64)

La presión sobre determinados colectivos de trabajadores para realizar horas extras gratuitas (incluidos festivos), obligando a un desproporcionado aumento de la jornada anual o la preocupante incidencia del NMR sobre la negociación colectiva, son solo dos de las razones por las que la Sección Sindical de ELA solicita esta información a RRHH.

El pasado jueves 23 de marzo, la Sección Sindical de ELA, se reunió con RRHH en un último intento para que reconsideraran su actitud y cumpliera con sus obligaciones de información al comité de empresa, evitando así posibles sanciones económicas.
RRHH se reafirmó en su postura de la anterior reunión y volvió a negarse a trasmitir la información requerida en el modo y en la forma en que obliga la normativa laboral.

En vista de esta situación, la Sección Sindical de ELA, el pasado día 29 de marzo tramitó de nuevo esta petición pero esta vez a través de Inspección de Trabajo.