Las Secciones Sindicales de CCOO de Fuente Álamo y Torres de Elorz, proponen en su comunicación, una impugnación conjunta del ERTE de fuerza mayor aplicado de forma unilateral por la Dirección de la Empresa:
ERE
Inclusión en el ERTE de días que no trabajamos.
La Sección Sindical de ELA ha enviado hoy el siguiente correo al Área de Personas, referente a la inclusión en el ERTE de tres días sin actividad laboral y en los que no se justifica el ERTE forzoso.
Ya que la Dirección de la Empresa no ha querido negociar ningún un aspecto del ERTE de fuerza mayor, entendemos que el mismo debe ajustarse estrictamente a la legalidad vigente:
Lunes 30 de marzo. Reunión con el AdePP sobre ERTE de fuerza mayor.
Hoy, lunes 30 de marzo, el Comité de Empresa ha mantenido una reunión virtual con el Área de Personas (AdePP).
Inmediatamente después de la reunión el AdePP ha enviado un correo aclarando la situación y contestando posibles preguntas.
Vamos mencionar algunos temas tratados en la reunión y que no se aclaran en el correo del AdePP:
Lunes 30 de marzo. Comunicación del AdePP sobre el ERTE de fuerza mayor.
Hoy a las 14:30 el Área de Personas (AdePP) se ha reunido con el Comité de Empresa de forma virtual.
Éste es el correo que el AdePP ha enviado a toda la plantilla después de la misma:
Comisión Negociadora ERTE
Después de varias reuniones, los Comités de Empresa de Torres de Elorz y de Fuente Álamo han elegido a la Comisión Negociadora para el ERTE por razones organizativas y productivas.
Los cuatro trabajadores del centro de trabajo de Getafe, han declinado estar en la Comisión Negociadora fiando su representación a las otras plantas.
Después de comunicar al Área de Personas la composición del mismo, ha emitido el siguiente comunicado:
Acuerdo ERTE 1993
Esta situación de ERTE en M.Torres no es una situación nueva. Fue hace tiempo, en 1993, cuando la empresa ya recurrió a una suspensión de contratos. Ese acuerdo nos permite ver la actitud que tuvo la empresa a la hora de enfocar las condiciones laborales de los trabajadores afectados.
Fue un ERTE con ACUERDO. La empresa facilitó el entendimiento con la plantilla.
¿Qué vamos a cobrar al mes si nos aplican el ERTE?
A la hora de percibir el subsidio por desempleo, para los primeros 6 meses de paro se calcula el 70% de la base reguladora, y a partir del septimo mes el 50%. A la cuantía calculada hay que aplicarle unos mínimos y unos máximos, que van en función del número de hijos que tiene la persona trabajadora.
Comunicación del AdePP
Correo enviado hoy martes 23 de marzo a toda la plantilla por Yolanda Zubillaga, referente a la situación de la empresa y de los ERTE:
Lunes 23 de marzo. Reunión sobre el ERTE forzoso con el AdePP.
Un breve resumen de la reunión mantenida hoy por Skype entre el Comité de Empresa y el Área de Personas (AdePP):
¿Cómo nos afecta el ERTE por fuerza mayor?
El ERTE de fuerza mayor es una opción dentro de los expedientes de regulación temporales, que obedecen a situaciones excepcionales como la que estamos viviendo. Es una herramienta de flexibilidad para la empresa, para poder ahorrarse gastos de personal, enviando al paro o reduciendo la jornada temporalmente a los trabajadores y trabajadoras según lo vaya necesitando. Por ser de fuerza mayor, la empresa se ahorra el salario, el 75% en las cotizaciones de los trabajadores y trabajadoras que se incluyen en el ERTE además de tener acceso a importantes ayudas.
El ERTE de fuerza mayor de M.Torres está pendiente de aprobación por parte del Gobierno.