Promociona con tu evaluación de desempeño

Al igual que en diciembre llega El Gordo de Navidad, llega la primavera y ya se oyen comentarios sobre las evaluaciones del desempeño.

Seguimos teniendo serias dudas y muchas cautelas sobre la forma en se hacen las evaluaciones de desempeño, pero creemos que puede ser una buena oportunidad para reivindicar una promoción de nivel salarial.

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Descárgate el documento de solicitud de cambio de nivel

 

Desde la Sección Sindical de ELA creemos oportuno informaros ante la demanda de los trabajadores.

Te puede interesar:

¿Qué hacer ante la evaluación del desempeño?

 



Es de suma importancia conocer tus derechos laborales, pero también lo es disponer del respaldo de un servicio jurídico profesional. Afiliándote al sindicato ELA, contarás con profesionales dedicados a ofrecerte asesoramiento y defensa jurídica en cuantos problemas de tipo laboral y de seguridad social se te presenten.
Puedes informarte pulsando aquí.
Recuerda que tu afiliación es un dato completamente confidencial..

Situación actual de la empresa

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Como ya venimos informando, el pasado jueves 16 de marzo, la dirección de la empresa convocó al comité de empresa a una reunión para trasmitir la información solicitada por la Sección Sindical de ELA. Entre las diferentes solicitudes de información se pidió un informe sobre la actual situación laboral y de carga de trabajo de la empresa.
El Director General fue el encargado de resumir la actual situación. Aquí tenéis un breve resumen de los puntos más importantes:

División de papel

Se confirma la compra de una empresa italiana fabricante de líneas de tissú. Empresa de tres años de antigüedad y dieciséis personas en plantilla. El objetivo es poder ofertar líneas de tissú completas.
La división de papel a experimentado una importante recuperación durante el año 2016 con un crecimiento muy superior al esperado. Este crecimiento se ha mantenido durante los primeros meses de 2017.
Para afrontar este aumento de trabajo ha sido necesario reforzar la plantilla de varios departamentos.

División de aeronáutica

Después de unos años con un altísimo nivel de negocio se está pasando por un periodo de baja contratación. Se van a plantear nuevos objetivos para 2017 un 25% inferiores al planteamiento inicial.Esta disminución se empezó a notar el último trimestre de 2016 y se ha mantenido en el primer trimestre de 2017.
En lo que va de año, a falta de confirmación de una serie de pedidos de máquinas nuevas, las nuevas contrataciones consisten principalmente en retrofits, recambios y postventas.
Tanto Airbus como Boeing ya habían anunciado una disminución de sus contrataciones.
Esta situación de incertidumbre se está notando también tanto en Murcia como en USA.

Como consecuencia de esta disminución en contratación, se están dejando de renovar contratos a trabajadores de la empresa o acortando el tiempo de duración de los mismos. De la misma manera, se está reduciendo el nivel de subcontrataciónes.

Finalizada la reunión, la Sección Sindical de ELA, solicita otra reunión en el mes de junio para hacer seguimiento de la situación.


 

Una vez más, nos gustaría resaltar el sinsentido por parte de la dirección de la empresa en insistir en la compra de 40 horas en 2017 pese a los avisos de un significativo descenso de la contratación. En un escenario de bajada de trabajo, está compra solo ha servido para perjudicar a compañeros que se han sido obligados a abandonarnos.

 

 

 

Reunión con la dirección de la empresa

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Desde finales del año pasado la Sección Sindical de ELA viene reclamando a la dirección de la empresa información sobre diferentes aspectos sobre los que tiene obligación legal de mantener informados a los representantes de los trabajadores:

Más recientemente se le solicitó:

  • Información sobre el plan de formación para el año 2017
  • Tablas actualizadas (provisionales) de dietas y niveles salariales para 2017
  • Información sobre la situación actual de la empresa

El pasado jueves 16 de marzo, después de varios recordatorios por parte de la Sección Sindical de ELA, la dirección de la empresa convocó al Comité de Empresa a una reunión para informar sobre estos aspectos:

Horas extras

RRHH reconoció que no se lleva control de las horas realizadas por los trabajadores cuando trabajan fuera de la planta.
RRHH presentó un documento con información sobre horas extras que no se ajusta, ni a lo que pedía la Sección Sindical de ELA, ni a lo que obliga la normativa laboral actual.

NMR (Nuevo Modelo Retributivo)

RRHH comunicó que no tiene intención de dar ninguna información sobre este punto.
Considera este tema fuera del ámbito del Comité de Empresa por tratarse de acuerdos voluntarios e individuales con los trabajadores.

Tablas actualizadas de niveles salariales y dietas

La dirección de la empresa entregó un documento con las actualizaciones que estamos revisando.

Situación actual de la empresa

El Director General explicó brevemente la actual situación de las diferentes divisiones de la empresa.
De este punto informaremos detalladamente en una próxima entrada del Blog.


Está claro que la dirección de la empresa no tiene intención de cumplir con sus obligaciones de información a los representantes de los trabajadores en temas como las horas extras y el NMR.

La Sección Sindical de ELA volverá tramitará esta petición de información, pero esta vez a través de Inspección de Trabajo.

Mejoras en el permiso de paternidad

La reciente celebración del día de la mujer trabajadora, pone de manifiesto la necesidad de que el permiso de paternidad y de maternidad se igualen y sean de obligado cumplimiento. Es necesario que la igualdad se dé tanto en casa como en el trabajo, reduciendo así, la disparidad de oportunidades.

El 1 de enero de 2017 se amplió el permiso de paternidad a cuatro semanas. Esta modificación supone aumentar en trece días la duración del permiso por paternidad.
Vamos por el buen camino, pero todavía queda mucho camino por recorrer.

Padres familia
¿Quién tiene derecho al permiso de paternidad?

Aquellos trabajadores que por nacimiento de hijo, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento de acuerdo con el artículo 45.1.d del Estatuto de los Trabajadores, tendrán derecho a la suspensión del  contrato por paternidad y percibir un subsidio durante los días de suspensión.
Para solicitar este permiso hay dos requisitos:

  • Estar afiliados y en alta o en situación asimilada al alta.
  • Tener cubierto un período de cotización de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio del período de suspensión o del permiso o, alternativamente, 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral, con anterioridad a dicha fecha.

¿Cuánto dura el permiso de paternidad?

Cuatro semanas ininterrumpidas, ampliables en los supuestos de parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo. Esta suspensión es independiente del disfrute compartido de los periodos de descanso regulados en el Estatuto de los trabajadores art.48, en el apartado 4 (16 semanas de maternidad), y apartado 5 (riesgo en el embarazo o riesgo durante la lactancia natural).

Disfrute del permiso:

En el supuesto de parto, la suspensión corresponde en exclusiva al otro progenitor. En los supuestos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, este derecho corresponderá sólo a uno de los progenitores, a elección de los interesados; no obstante, cuando el periodo de descanso regulado en el apartado 5 sea disfrutado en su totalidad por uno de los progenitores, el derecho a la suspensión por paternidad únicamente podrá ser ejercido por el otro.

¿En qué periodo puedo disfrutarlo?

El trabajador que ejerza este derecho podrá hacerlo durante el periodo comprendido desde la finalización del permiso por nacimiento de hijo, previsto legal o convencionalmente, o desde la resolución judicial por la que se constituye la adopción o a partir de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento, hasta que finalice la suspensión del contrato por dichas causas o inmediatamente después de la finalización de dicha suspensión.

Concreción horaria:

La suspensión del contrato a que se refiere este apartado podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial de un mínimo del cincuenta por ciento, previo acuerdo entre el empresario y el trabajador, y conforme se determine reglamentariamente.
El trabajador deberá comunicar al empresario, con la debida antelación, el ejercicio de este derecho en los términos establecidos, en su caso, en los convenios colectivos.

¿Cuánto se cobra?

Mientras disfruta del permiso de paternidad, el trabajador/a cobra el 100% de la base reguladora de su sueldo. Se toma como referencia la vigente al día de comienzo de disfrute del permiso, que la empresa comunicará a la Seguridad Social a través de un certificado de empresa. El importe de permiso de paternidad lleva las correspondientes cotizaciones sociales y retenciones por IRPF .

¿Cómo solicitar el permiso de paternidad?

Dónde se presenta la solicitud
Se solicita ante el lNSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) de dos formas posibles:

  • El trámite se puede hacer por Internet (si se tiene certificado digital o DNI electrónico) registrándose en el portal web “Tu Seguridad Social” (https://sede-tu.seg-social.gob.es).
  • La otra alternativa, que es la más habitual, es presentar la solicitud pidiendo cita previa en las oficinas del  INSS.

Documentación necesaria

El impreso de solicitud (descargar pdf) es el mismo que para el permiso de maternidad.
Además, hay que adjuntar la documentación habitual:

  • En caso de nacimiento: el libro de familia o Certificación del hijo en el Registro Civil (si el registro no está automatizado).
  • En el caso de adopción o acogimiento: la resolución judicial.
  • DNI o documento acreditativo, el certificado de empresa, el número de cuenta bancaria.
  • Hay otra documentación adicional para situaciones particulares, que está explicada en el dorso del impreso: familias numerosas, familias mono parentales, trabajadores fijos discontinuos, a tiempo parcial, perceptores de prestaciones por desempleo, etc.

En el Convenio del Metal de Navarra (artículo 38) , adicionalmente a las cuatro semanas de permiso retribuido, disponemos por nacimiento de un hijo,  de cuatro días naturales. Dos días naturales a partir del nacimiento y otros dos a elección del trabajador en los quince días siguientes al nacimiento.

Documento consensuado del Pacto de Empresa.

2016_Documento_CheckEn el año 2015 el actual responsable de RRHH propuso al Comité de Empresa la elaboración de un documento de pacto de empresa consensuado entre todas las partes.
CITECCOO trasladaron esta propuesta de inmediato al pleno del Comité de Empresa. La Sección Sindical de ELA, se opuso a la misma por encontrarse el Comité de Empresa en plena negociación del pacto de empresa. Tratar de reescribir el pacto dentro de una negociación podría dar pie a un cuestionamiento o re-negociación de condiciones de trabajo asentadas desde hace mucho tiempo.

La semana pasada CITE propuso retomar esta propuesta de RRHH con el siguiente correo dirigido al Comité de Empresa y a RRHH:

Buenos días,                                                                                               28 de febrero de 2017

Desde la Sección CITE queremos plantear la reactivación del tema RECOPILATORIO UNIFICADO DE PACTO de las condiciones laborales de MTDI-TE.

Por favor, para arrancar proponemos que sea RRHH quien elabore y ponga en común con el Comité una propuesta de documento recopilatorio unificado, para poder analizarlo y así convocar la primera reunión de trabajo.

También quisiéramos establecer un planning preliminar consensuado, como objetivo de fechas de cumplimiento para este tema.
Si necesitáis ayuda para lo que sea, nos dudéis en decirnos.
Gracias y saludos,
CITE
Candidatura Independiente de MTDI – TE

Dos días después contesto RRHH:

Buenos  días                                                                                                2 de marzo de 2017

Lo tomamos desde RRHH, revisamos lo que teníamos hecho y os convocamos a una reunión la semana 11.

Saludos

Esta es la respuesta y las apreciaciones de la Sección Sindical de ELA:

Buenos días,                                                                                                7 de marzo de 2017
En la actual situación no tenemos inconveniente en trabajar en un documento consensuado por todas las partes, siempre que esto no represente cambios en las actuales condiciones laborales pactadas o una re-negociación de las mismas.
Si se cumple esta premisa, entendemos que no habría problema en que el contenido del documento sea aprobado por unanimidad dentro del comité de empresa y su contenido expuesto y ratificado en una asamblea de trabajadores.
Saludos.
Sección Sindical ELA M.Torres Diseños Industriales
Centro Torres de Elorz

Aun estando en minoría, el compromiso de la Sección Sindical de ELA sigue siendo la defensa de nuestras actuales condiciones laborales y que la plantilla sea informada y tenida en cuenta en todo el proceso.

Visita de la psicóloga del ISPLN

2017_psicosocialA requerimiento de la Sección Sindical de ELA, el pasado jueves 23 de febrero recibimos la visita de una de las psicólogas del ISPLN.
En la reunión, además de la psicóloga, estuvieron presentes el resto de los componentes del Comité de Seguridad y Salud.
La reunión se prolongó a lo largo de hora y media y durante la misma, la técnico del Instituto, analizó las dos últimas evaluaciones de riesgo psicosocial (2011 y 2015) y nos trasmitió aquellas consideraciones que creyó interesantes sobre nuestra actual situación:

La evaluación de riesgo psicosocial del año 2011 le pareció muy interesante. Resaltó las buenas relaciones personales entre la plantilla y el hecho de que cerca del 43% de la plantilla se encontrara en situación desfavorable en cuanto a carga mental en aquel año, que podría asemejarse, en cierta manera, al indicador de carga de trabajo actual. Esta situación debería haberse corregido en su día, pese a esto, algunas de las medidas correctoras del año 2011 le parecieron interesantes y recomendó retomarlas.

Sobre la evaluación del año 2015, anotó un preocupante empeoramiento en cuanto a carga de trabajo, con un 60% de la plantilla en situación de riesgo y un 57% de la plantilla en riesgo dentro del factor de participación y supervisión. Le resultó llamativo que el colectivo en riesgo era mucho más numeroso en trabajadores con más antigüedad y con menos de cuatro años de antigüedad.
En cuanto a la participación de los representantes de los trabajadores la técnico del ISPLN remarcó que las peticiones de los mismos deben ser atendidas y que pese a ser posible, no se incluyeron las propuestas de la Sección Sindical de ELA.

Recomendaciones del ISPLN

  • La técnico recomienda implementar medidas urgentes dirigidas especialmente a jóvenes y mayores según las recomendaciones de la agencia europea.
  • Implementar un plan de trabajo  mensual.
  • Medidas para reducir de forma efectiva la carga de trabajo.
  • Que el Comité de Seguridad y Salud  promueva grupos de trabajo y entrevistas con trabajadores.
  • Utilizar la próxima encuesta de clima laboral como primer indicador de la efectividad de las medidas aplicadas, ya que en vista de la actual situación, no ve conveniente una nueva evaluación de riesgo antes de poner en marcha  y aplicar nuevas medidas correctoras.
  • Revisar e instaurar protocolos de actuación ante riesgo psicosocial, incluido el acoso laboral.
  • Vigilancia de la salud específica para los riesgos detectados.
  • Incluir las propuestas de los delegados de prevención en las medidas correctoras (por ahora solo constan los de la Sección Sindical de ELA).

La psicóloga se comprometió a suministrar información sobre el tema y se puso a disposición del Comité de Seguridad y Salud para solucionar cualquier duda.
También comunicó que volverá a visitarnos semestralmente para valorar la aplicación de las medidas correctoras.

Control de horas extraordinarias.

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Como habréis podido comprobar con el resumen de normas y acuerdos referentes a horas extraordinarias que enviamos recientemente, el incumplimiento por parte de la empresa de sus obligaciones en este tema es muy alto.

Situación actual

Queremos dejar claro que la normativa y acuerdos laborales referentes a horas extras aplican a toda la plantilla.
Desde hace varios años se han puesto en marcha estrategias para intentar obligar a los trabajadores de esta empresa a realizar horas extraordinarias sin recibir las correspondientes compensaciones que marca la legislación. Esto se ha traducido en un desmesurado aumento de la jornada anual en determinados colectivos, en contra de lo que marca la normativa y los acuerdos laborales vigentes.
Las comparaciones de horas extras entre compañeros en las evaluaciones de desempeño, los indicadores de “reparto del esfuerzo” con estadísticas de horas extras presentados en reuniones de área o planificaciones de trabajos imposibles de cumplir sin un considerable aumento sobre la jornada ordinaria; son algunos ejemplos de la “voluntariedad” de estas horas.

Comité de empresa:

Aunque la Sección Sindical de ELA recuerda continuamente esta situación irregular, una vez más, el déficit de representación y defensa de los trabajadores dentro del Comité de Empresa ha tenido sus consecuencias.
CITECCOO mantienen una permisividad total en este tema, incluso han defendido, junto con RRHH, aumentos desmesurados de jornada anual dentro de la negociación sobre las condiciones laborales del servicio exterior (56 horas obligatorias).

Acciones Sección Sindical ELA:

A finales del año pasado y tras consultarlo con nuestros servicios jurídicos, la Sección Sindical de ELA solicito a RRHH información sobre las horas extras realizadas en 2016 por toda la plantilla. Así mismo, se solicitó que esta información se traslade mensualmente, tanto al comité de empresa como a cada trabajador, tal y como marca la legislación vigente.
En el mismo comunicado a RRHH se solicitó información pormenorizada del NMR (Nuevo Modelo Retributivo). La Sección Sindical de ELA asume que este modelo afecta a la negociación colectiva, tanto por sus implicaciones, como por su extensión dentro de la plantilla. Entendemos que es obligación de la empresa informar sobre este modelo al Comité de Empresa para su valoración.

Reunión con RRHH

Pasaron varias semanas tras la petición formulada por la Sección Sindical de ELA y el pasado martes 7 de febrero, se mantuvo una reunión con RRHH. A la misma acudieron el presidente del Comité de Empresa (ELA), el Delegado Sindical de ELA y , a petición del presidente, el secretario del Comité de Empresa (CITE).
Después de consultarlo con sus servicios jurídicos, RRHH se comprometió a informar sobre las horas extras realizadas por la plantilla, si bien reconoció que en servicio exterior no había un sistema de control de la jornada. ELA propone un sistema manual de partes de horas, similar al que utiliza el servicio exterior de papel en algunos casos.
Sobre la información del NMR, RRHH comenta que no tiene obligación de facilitarla pero que no tienen inconveniente en informar sobre este tema.
RRHH se comprometió entregar la información antes de finales del mes de febrero.

Seguimos a la espera de recibir la información prometida. Cuando la tengamos, la valoraremos e informaremos de nuestras conclusiones a toda la plantilla.

Horas extraordinarias

Revisada septiembre 2024

horas-extras

Gracias al trabajo de la Sección Sindical ELA, en los últimos años, ha cambiado  de manera radical la gestión de las horas extras en M.Torres.
Se ha pasado de décadas de irregularidades en la compensación de horas extras a una situación de camino a la legalidad, aunque la situación en Servicio Exterior continua siendo el gran acuerdo pendiente.

Esta es una recopilación de las normas y acuerdos referentes a las horas extraordinarias, de aplicación a todos los trabajadores (incluido Servicio Exterior) y que la empresa debe cumplir:

Definición

  • Tendrán consideración de horas extraordinarias cada hora de trabajo que se realice sobre la duración máxima de la jornada ordinaria. (ET art.35)

Consideraciones

  • Su prestación es voluntaria. (ET art.35)
  • Su uso se limitará en cualquiera de los departamentos de la empresa a circunstancias puntuales de carga de trabajo (PEMT art.7)
  • A efectos del cómputo de horas extraordinarias, la jornada de cada trabajador se registrará día a día. Con el recibo de la nómina se entregará el registro del total de horas extraordinarias del mes. (ET art.35)
  • Los representantes de los trabajadores tendrán derecho a ser informados mensualmente por el empresario de las horas extraordinarias realizadas por los trabajadores, cualquiera que sea su forma de compensación, recibiendo a tal efecto copia de los resúmenes. (RD 1561/1995 disposición adicional tercera)(CMN art.36)(PEMT art.7)

Horas de viaje

  • Las horas de viaje que se realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria tendrán la consideración de horas extraordinarias.
  • Las horas de viaje tendrán la consideración jornada de trabajo según el siguiente criterio (CMN art.21.2):
    • Las primeras 8 horas de viaje tendrán la consideración de trabajo efectivo al 100%.
    • De la hora 9 a la 16, ambas inclusive, no tendrán la consideración de trabajo efectivo.
    • De la hora 17 inclusive en adelante, tendrán la consideración de trabajo efectivo al 50%.

Retribución y número máximo de horas extraordinarias

  • Las horas extras se abonarán económicamente o se compensarán con descanso a elección del trabajador (PEMT art.7)
  • Hay dos tipos de horas extraordinarias en función de la cuantía de su compensación (PEMT art.7):
    • Tipo A: Realizadas de lunes a viernes. 1,5 veces la hora ordinaria, en tiempo o en dinero.
    • Tipo B: Realizadas en fin de semana y festivo. 1,75 veces la hora ordinaria, en tiempo o en dinero (RD 2001-1993 art.47)
  • El número máximo de horas extraordinarias al año a realizar por un trabajador será de 80. No se computarán a estos efectos las que hayan sido compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización. (ET art.35)

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Primer Comité de Seguridad y Salud de 2017

El pasado jueves 19 de enero, mantuvimos la primera reunión del año del Comité de Seguridad y salud. Este es un breve resumen de algunos de los temas que se trataron y que consideramos más relevantes.

Estrés y ansiedad (Factores Psicosociales)

Tal y como nos comprometimos en nuestro correo sobre estrés y ansiedad en M.Torres, la Sección Sindical de ELA, expuso su visión sobre el tema y detalló el seguimiento que viene haciendo del problema, así como sus propuestas para mejorar la actual situación, que considera preocupante.

A diferencia de ocasiones anteriores, nuestras propuestas fueron consideradas y los representantes del empresario se comprometieron a estudiarlas conjuntamente para poner en marcha nuevas medidas correctoras.

Mejora del acceso peatonal de los aparcamientos

El departamento de prevención informó de la campaña de seguridad  vial que está llevando a cabo. En esta línea la Sección Sindical de ELA solicitó que se estudiaran medidas para mejorar la seguridad de los accesos de peatones al aparcamiento exterior y al polígono.

Listado de subcontratas habituales

El departamento de prevención entrega a los delegados de prevención el listado de subcontratas habituales para no tener que informar sobre ellas cada vez que entran en M.Torres. La Sección Sindical de ELA recuerda que este listado ahorra trabajo al departamento de prevención, pero no debe servir como excusa a la dirección de la empresa para no cumplir con sus obligaciones de información a los representantes de los trabajadores cuando estos soliciten información más detallada sobre algunas subcontratas.

Grabación de las reuniones del CSyS

En la anterior reunión CITE propuso grabar las reuniones del Comité de Seguridad y Salud para evitar discrepancias en la elaboración de las actas.
La Sección Sindical de ELA pregunto por los verdaderos motivos de esa propuesta ya que en el último correo de CITE a la plantilla, planteaba esta misma propuesta, pero con razones y objetivos completamente distintos. CITE respondió que no era el  momento para hablar sobre ese correo.
CCOO está de acuerdo en grabar las reuniones borrando las grabaciones después de elaborar las actas.
La Sección Sindical de ELA ve interesante la propuesta, pero habría que grabar todas las reuniones en las que se negocien condiciones laborales o de seguridad con la empresa y regular la utilización y gestión de los archivos de audio para que cumplan con la ley de protección de datos. Pide a CITE que desarrollé su propuesta.