El pasado día 17 de junio tuvo lugar la segunda reunión de negociación del pacto de empresa.
A la misma acudimos representaciones de RRHH, CITE, CCOO y ELA.
Nuevo Convenio del Metal 2015-2017
El pasado viernes 17 de junio se publicó en BON el Convenio del metal de Navarra 2015-2017.
Es a partir de este viernes cuando el mismo tiene validez.
Podéis descargároslo en el siguiente enlace.

La sección sindical de ELA, junto con nuestros servicios jurídicos, analizaremos dicho convenio y publicaremos en nuestro blog un documento con los principales cambios y de qué manera nos afecta como trabajadores de M.Torres.
Comparativa propuesta RRHH sobre Servicio Exterior
El 20 de mayo, RRHH entregó a la comisión de montaje exterior una propuesta de modificación de condiciones laborales para el servicio exterior.
Hemos elaborado una comparativa de las actuales condiciones y de las condiciones propuestas.
Aclaraciones a RRHH sobre incremento salarial 2016
Lo primero, agradecer a la dirección la rapidez en su respuesta.
No entendemos las cautelas para actualizar el salario de parte de la plantilla hasta que el convenio de metal de navarra entre en vigor con su publicación. Y estas son nuestras razones:
– Sabemos hace meses la cuantía de la subida.
– Históricamente, cuando de retrasaba el convenio provincial se actualizaba el salario sin esperar a su publicación.
– Ya se ha actualizado el salario a la parte de la plantilla encuadrada en el NMR.
– No se ha tenido reparo en incorporar la compra de cuarenta horas durante dos años seguidos sin un convenio que las respaldara y marcara las condiciones de las mismas (en el último, sin una ratificación en asamblea de trabajadores).
– No es serio decir que se está esperando al pacto de empresa «que se está negociando». Estamos en junio, solo ha habido una reunión en la que hemos presentado nuestras propuestas y seguimos esperando contestación de RRHH.
– El incentivo es del 2015 y para su cálculo se debe utilizar las cuentas de 2014 (tal y como consta en el documento que se firmó) así que vamos con un año de retraso.

Estamos a disposición de la dirección de la empresa para agilizar estos temas pendientes.
Respuesta de RRHH sobre el incremento salarial 2016
De: Pablo Urdiroz
Enviado: miércoles, 08 de junio de 2016 18:46
Asunto: Comunicado Interno
Buenas tardes,
En relación al comunicado publicado por la sección sindical de ELA sobre la actualización salarial y el pago del variable del personal integrado en Pacto de Empresa, queremos hacer las siguientes aclaraciones:
· Revisión salarial:
Entendemos que se refiere a la acordada en el nuevo Convenio del Metal de Navarra: 1,5% sobre Tablas de Salario Garantizado del Convenio del Metal para 2016.
La realidad es que no es aplicable por dos motivos: primero porque no nos consta que se haya publicado el Convenio del Metal en el BON y segundo, y más importante, porque el incremento salarial aplicable será el que se acuerde en el Pacto de Empresa que está en proceso de negociación.
No obstante lo anterior, desde estas líneas trasladamos al Comité nuestra disposición para acordar de forma separada ese punto del Pacto en los términos del Metal, de tal forma que se pueda aplicar la subida prevista lo antes posible.
· Variable Pacto
Respecto al variable de Pacto, nos informa el área Financiera que en breve dispondrá de las cifras auditadas (MTDI) necesarias para hacer el cálculo. En cuanto dispongamos del dato informaremos de la cuantía aplicable y de la fecha de pago.
Dirección MTDI
Junio 2016
Pablo Urdiroz
NMR (Nuevo Modelo Retributivo)
Actualizado abril 2023

La Dirección de la Empresa, de forma unilateral, viene proponiendo a una parte de la plantilla la firma de acuerdos individuales en materia de retribución y actualización salarial.
Aunque son acuerdos individuales, viene aplicándose de forma colectiva a una parte importante de la plantilla (actualmente puede rodar las dos terceras partes).
Con estos acuerdos individuales, estos trabajadores quedan al margen de los acuerdos de Pacto de Empresa en materia salarial y de cualquier negociación colectiva sobre este tema en M.Torres.
Abuso contractual
El objetivo inicial de estos acuerdos era individualizar las retribuciones y excluirlas totalmente de la negociación colectiva, pero la Sección Sindical ELA ha defendido la obligación de aplicar, en cualquier caso, los acuerdos salariales del Convenio del Metal de Navarra y para conseguirlo ha tenido que denunciarlo en varias ocasiones ante inspección de trabajo.
Los acuerdos individuales solo pueden mejorar las condiciones del Convenio de aplicación, nunca empeorarlas.
Así mismo lo transmitió Inspección de Trabajo a RRHH en las reuniones a las que se les convocó junto a la Sección Sindical ELA tras las denuncias.
A día de hoy, al Comité de Empresa, solo se le ha transmitido una información mínima del contenido de dichos acuerdos individuales.
Ni siquiera a los trabajadores que han firmado el NMR se les informa de los criterios completos y de los mecanismos aplicables para actualizar sus retribuciones.
Incremento salarial 2016
De esta forma se evitara, en parte, la discriminación del resto de trabajadores.
20/05/2016 Reunión con RRHH sobre montaje exterior
El pasado viernes 20 de mayo tuvo lugar una nueva reunión entre RRHH y el Comité de Empresa.
Resumen de la reunión
Como contestación a las propuestas de ELA, CITE y CCOO, RRHH nos entregó una propuesta de acuerdo sobre condiciones laborales en montaje exterior.
El texto es bastante extenso y dividido en dos partes: Desplazamientos-viajes y servicio exterior.

RRHH expone su propuesta.
CITE comenta que entiende que esta propuesta debe ser ya sometida la opinión de los trabajadores.
ELA comenta el vacío que ve en el cuadro de clasificación de complementos a partir del «Nivel 5», y pide se aplique el «C» en ese tramo y el «D» al «Nivel 8».
ELA pregunta sobre la obligatoriedad de la jornada semanal de 56 horas, incluidos los sábados.
RRHH responde que esa jornada será obligatoria si así lo decide el responsable.
ELA considera ilegal aumentar la jornada anual a un grupo de trabajadores al margen de lo establecido en el convenio del metal de Navarra y que revisará el documento junto con sus servicios jurídicos.
CCOO dice que también consultará este tema en su sindicato.
Sin más temas que tratar se termina la reunión.
Desde esta sección sindical estamos estudiando el alcance de esta extensa propuesta realizada por la empresa.
Nos preocupa que sigan sin resolverse aspectos preocupantes del trabajo del servicio exterior, especialmente la obligación de trabajar hasta 56 horas a la semana incluidos los sábados sin una compensación que evite superar ampliamente la jornada anual de estos trabajadores y más sin tener en cuenta las diferentes situaciones como la conciliación familiar o aspectos como tipo de trabajo, la edad, cansancio, situaciones personales, etcétera.
A todo esto hay que sumar el acuerdo de calendario firmado por la RRHH-CITE- CCOO que añade 40 horas más a la jornada laboral de este año, es decir 5 días más de trabajo que endurecen todavía más estas problemáticas.
Rentas exentas declaración de la renta
La Sección Sindical de ELA ha tenido conocimiento de una casuística fiscal que entendemos puede ser de aplicación a parte de la plantilla de M.Torres. Consiste en que están exentos en la declaración de la renta aquellos ingresos percibidos como “rendimientos del trabajo percibidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero”. El texto legal en el que nos basamos es el siguiente:
Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
(..)
Artículo 7. Rentas exentas.
Estarán exentas las siguientes rentas:
(…)
- n) Los rendimientos del trabajo percibidos por trabajos efecti vamente realizados en el extranjero, con los siguientes requisitos:
1.º Que dichos trabajos se realicen para una empresa o entidad no residente en territorio español o un establecimiento permanente radicado en el extranjero en las condiciones que reglamentariamente se establezcan. En particular, cuando la entidad destinataria de los trabajos esté vinculada con la entidad empleadora del trabajador o con aquella en la que preste sus servicios, deberán cumplirse los requisitos previstos en el artículo 29 de la Ley Foral 24/1996, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.
2.º Que en el territorio en que se realicen los trabajos se aplique un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a la de este Impuesto y no se trate de un país o territorio considerado como paraíso fiscal. Se considerará cumplido este requisito cuando el país o territorio en el que se realicen los trabajos tenga suscrito con España un convenio para evitar la doble imposición internacional que contenga cláusula de intercambio de información.
La exención se aplicará a las retribuciones devengadas durante los días de estancia en el extranjero, con el límite máximo de 61.000 euros anuales. Reglamentariamente podrá establecerse el procedimiento para calcular el importe diario exento.
La presente exención será incompatible, para los sujetos pasivos destinados en el extranjero, con el régimen de excesos excluidos de tributación previsto en el artículo 8.º A).3.b) del Reglamento de este Impuesto, cualquiera que sea su importe. El sujeto pasivo podrá optar por la aplicación del régimen de excesos en sustitución de esta exención.
Por ello hemos hecho consultas con Hacienda y también hemos pedido a la empresa que analice este punto y lo aplique.
Un saludo.
06/05/2016 Reunión con RRHH sobre Montaje Exterior
El pasado día 6 de mayo tuvo lugar una nueva reunión del comité de empresa con RRHH para continuar con la negociación sobre las condiciones laborales de montaje exterior.
La última reunión tuvo lugar el día 22 de diciembre. En la misma ELA valoró negativamente la propuesta de RRHH y tanto CITE como CCOO se comprometieron a estudiarla.
Resumen reunión 6 de mayo de 2016
CITE presento un documento con varias propuestas para montaje exterior. Expone las diferentes propuestas (cuatro en total) y solicita a RRHH que las considere.
Dos de estas propuestas, son mejoras del documento presentado en su día por RRHH.
Ante la falta de valoración del documento de RRHH por parte de CITE, ELA pregunta si esto implica una aceptación del mismo, a lo que CITE contesta que no.
ELA protesta por la forma en que había sido convocada la reunión por CITE en nombre del comité.
No se había contado con esta sección sindical y no de había contestado su propuesta de una reunión previa del comité de empresa para poder conocer de antemano las propuestas de CITE y CCOO.
ELA recuerda que ellos informan previamente de todas sus propuestas tanto a los trabajadores afectados como al resto del comité de empresa.
ELA pregunta a RRHH cuantos trabajadores relacionados con montaje exterior han abandonado la empresa en el último año. RRHH contesta que únicamente dos y que no es una cifra preocupante.
CCOO enseña un documento que consiste en una copia del documento de RRHH con correcciones y aportaciones de CCOO. No trae copias y se compromete a enviarlas por correo posteriormente.
Pese a la petición de RRHH, CCOO no expone ni valora su documento.
RRHH se compromete a contestar las propuestas para el próximo martes día 17 de mayo.
ELA recuerda que sus propuestas se entregaron al resto y a los trabajadores afectados hace dos meses.
Adjuntamos documento con nuestras propuestas.
