Recopilación Condiciones Laborales Servicio Exterior (2026-AdePP)

Tras el cierre de la MSCT (Modificación Sustancial de Condiciones de Trabajo) en el mes de junio de 2026 y una vez rechazado el preacuerdo por la mayoría del colectivo afectado, la Dirección de la empresa elaboró una recopilación de las condiciones laborales aplicables al colectivo de Servicio Exterior, incluyendo lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, el Convenio del Metal de Navarra, el Pacto de Empresa y las condiciones establecidas de forma unilateral por la empresa, comprometiéndose a su estricto cumplimiento:

Recopilación Condiciones Servicio Exterior (2026-AdePP)

Aplicación de las tablas de dietas y complemento de Servicio Exterior
Tablas Dieta + Complemento (2026). / Novedades Servicio Exterior (octubre 2017).

Reconocimiento y compensación de las horas extraordinarias
Art. 7 Pacto Empresa – Horas extraordinarias.
Según la compensación establecida en el pacto de empresa:

  • 1,5 horas extra en días laborables.
  • 1,75 horas extra en días festivos.
    A partir de la hora 81, la compensación solo podrá realizarse en tiempo a disfrutar en los siguientes cuatro meses.

Compensación de horas de desplazamiento
Art. 21.2 Convenio Metal Navarra – Desplazamientos.
Según compensación establecida en el pacto de empresa:

  • 1,5 horas en días laborables.
  • 1,75 horas en días festivos.

Tratamiento según el convenio del metal de Navarra:

  • Las ocho primeras horas se consideran tiempo de trabajo efectivo.
  • Las ocho siguientes no se consideran tiempo de trabajo.
  • A partir de la decimoséptima hora, se considera al 50% como tiempo de trabajo efectivo.

Límite máximo de días de viaje del 66% del calendario laboral
Art. 22 Pacto Empresa – Servicio Exterior. / Novedades Servicio Exterior (octubre 2017).
El máximo individual anual de días en Servicio Exterior pactado es del 66% del tiempo del calendario laboral.
El mando informará al trabajador cuando vaya a alcanzar ese límite y consultará con el técnico su disponibilidad para continuar viajando.

Reducción de días de viaje por conciliación y antigüedad
Novedades Servicio Exterior (octubre 2017).
El límite se reducirá adicionalmente en las siguientes circunstancias:

  • Un 10% de los días máximos para trabajadores con hijos de hasta 12 años de edad. Esta reducción no es acumulable a las que se indican a continuación.
  • Un 10% de los días máximos para trabajadores que lleven 10 años en actividades técnicas de montaje, puesta en marcha y servicio técnico en cliente.
  • Un 15% de los días máximos para trabajadores que lleven 15 años en dichas actividades.

Generación de descanso adicional por acumulación de días de viaje
Art. 22 Pacto Empresa – Servicio Exterior.
Generación de descanso de 2 o 5 días laborables por acumulación de días de viaje.
Los trabajadores del Departamento de Servicio Técnico tendrán derecho al disfrute de:

  • 2 días laborables como festivos cuando la estancia fuera de fábrica esté entre 50 y 59 días por cuatrimestre.
  • 5 días laborables cuando el periodo sea igual o superior a 60 días por cuatrimestre.

Límite de estancia en viaje y periodos mínimos entre desplazamientos
Art. 22 Pacto Empresa – Servicio Exterior.
Máximo de estancia fuera de fábrica de 28 días, con un mínimo de 3 o 4 días de estancia en fábrica entre viaje y viaje.

Descanso mínimo obligatorio entre jornadas y viajes
Art. 22 Pacto Empresa – Servicio Exterior.
Descanso mínimo obligatorio de 12 horas entre:

  • La llegada al domicilio y la entrada a planta.
  • La salida de planta y la salida del viaje (siempre que entre ambas medie una noche).

Compensación económica por urgencias y disponibilidad
Novedades Servicio Exterior (octubre 2017).
Los técnicos asignados al servicio o retén de urgencia percibirán 150 € de plus de disponibilidad por cada semana de asignación efectiva.
Si se requiere a un trabajador no incluido en el retén para un viaje no planificado con un preaviso inferior a 48 horas, se abonará una compensación de 150 €.

Compensación en festivos trabajados en Servicio Exterior
Novedades Servicio Exterior (octubre 2017).
Para las fiestas nacionales y locales trabajadas en Servicio Exterior, el técnico percibirá:

  • Dieta + complemento laborable.
  • 1 día de descanso compensatorio.
    Este criterio aplicará igualmente a los días de fábrica cerrada en el calendario de Torres de Elorz.
    Nota: esta cláusula podría revisarse en vista de las condiciones de los puntos anteriores.

Regulación de salidas en festivos y descansos compensatorios
Novedades Servicio Exterior (octubre 2017).
Se evitarán, en la medida de lo posible, las salidas en fin de semana o festivo.
Cuando se produzcan:

  • Dieta + complemento laborable.
  • 1 día de descanso compensatorio.
    Los días de descanso deberán disfrutarse en un plazo máximo de 120 días desde su generación.
    Nota: esta cláusula podría revisarse en vista de las condiciones de los puntos anteriores.

Sistema de dietas, complementos y gastos de viaje en Servicio Exterior
Art. 12 Pacto Empresa – Regulación Dietas Exterior.
El sistema acordado integra la realidad de MTDI, SAU con el marco legal vigente en materia de dietas dentro de la regulación del IRPF.

Principios:

  • Separación de los gastos de alojamiento y viaje respecto de los de manutención.
  • Sistema mixto (gastos de viaje y alojamiento + dietas por manutención).
  • Distinción entre prestación del servicio en España y en el extranjero.
  • Mantenimiento de una escala en función del nivel de experiencia.

Concreción:
Aplicable a quienes realizan labores de instalación o servicio técnico fuera de las instalaciones de la empresa.

  • Gastos de viaje y alojamiento: compensación directa por la empresa.
  • Dietas: asignación por día de estancia, diferenciando España y extranjero.
  • Complementos: compensación salarial en función de la actividad realizada.

Funcionamiento administrativo:
Las dietas y complementos se pagarán en nómina cada mes como cualquier otro concepto variable, computando periodos del 21 de un mes al 20 del siguiente, sin esperar a la liquidación de gastos.

Para evitar adelantos:

  • Paridad euro-dólar (1 € = 1 $).
  • Anticipo de 40 €/día.
  • En zona no euro: anticipos en divisa o cheques de viaje.
  • Regularización a la vuelta (1 $ = 1 €).