Reunión en Inspección de Trabajo

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El pasado jueves 3 de agosto Inspección de Trabajo convocó a una reunión a la Dirección de la Empresa y a la Sección Sindical de ELA para tratar sobre los escritos presentados por esta última. A la misma acudieron representantes de la Sección Sindical de ELA junto con su Asesor Sindical y representantes de la Dirección de la Empresa junto con el abogado de la misma.
Este es un resumen de los puntos más relevantes tratados en la reunión:

Atentado contra la dignidad.

A raíz del envío a los trabajadores del documento ¿Qué es M.Torres?
La Sección Sindical de ELA entregó copia a Inspección de la denuncia presentada en el juzgado de lo social a raíz de este mismo tema y a cuyo acto de conciliación no se presento la empresa.
También explico que en el año 2015 Inspección de Trabajo emitió un requerimiento por el que instaba a la Dirección de M.Torres a cesar con actuaciones similares a las actuales, en aquel caso, durante los meses anteriores la celebración de las Elecciones Sindicales. En aquel momento la Sección Sindical de ELA solo pidió que la Dirección cesara en su actitud, pero advirtió, que no permitiría circunstancias similares en un futuro.
La Dirección de la Empresa explicó que ese tipo de documentos enviados por correo a los domicilios de los trabajadores era la forma habitual que tenía la Propiedad de la Empresa de comunicarse con la plantilla.

Prohibición de acceso al asesor de la Sección Sindical de ELA.

La Dirección de la empresa comunica al inspector, que tal y como marca la legislación, a partir de ahora, va a permitir la entrada del asesor (*1).

Bloqueo en M.Torres del correo y el blog de la Sección Sindical de ELA.

La Dirección de la Empresa justificó este bloqueo por un nuevo sistema seguridad.
Como solución, propone habilitar una dirección de correo interna para la Sección Sindical ELA (*2). Así mismo a preguntas de la Sección Sindical de ELA, la dirección de la empresa se comprometió a permitir el acceso a su blog desde el centro de Torres de Elorz.
La Sección Sindical de ELA explicó que no cree las justificaciones de la Dirección, ni por los antecedentes, ni por las formas, ni por las consecuencias del bloqueo. Las diferentes pruebas que se realizaron apuntan a un bloqueo manual, premeditado y exclusivo de los medios digitales de la Sección Sindical de ELA.
El inspector solicito a la Dirección de la Empresa una reunión con el responsable del departamento de sistemas.

El inspector pregunto porque no se habían atendido las peticiones de explicaciones y de reuniones de la Sección Sindical de ELA a lo largo de varias semanas.
La Dirección de la empresa lo justificó por las vacaciones y por “problemas de comunicación”.

 

(*1) El pasado 17 de agosto y tras presentar la pertinente solicitud, se permitió la entrada de nuestro asesor sindical al centro de trabajo de Torres de Elorz.

(*2) Tras la reunión en Inspección de Trabajo se ofreció a la Sección Sindical de ELA una dirección de correo interna, pero el documento de aceptación que RRHH  pidió firmar, era incompatible con la actividad sindical. Entre otras cosas, autorizaba el acceso al contenido a la dirección de la empresa.
Tras varios días de contactos, se ha consensuado un documento de cesión de dicha dirección de correo, que garantiza la confidencialidad de las comunicaciones entre los trabajadores y esta sección sindical y que será firmado en breve.

 

Esperando información

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Recientemente hemos recibido algunas comunicaciones y comentarios sobre la actual situación económica de la empresa.
En los últimos meses hemos solicitado a la Dirección de la Empresa en varias ocasiones información al respecto, pero ni el Comité de Empresa, ni la Sección Sindical de ELA ha recibido ninguna comunicación oficial reciente sobre la actual situación de la empresa.

Seguimos a la espera de recibir, entre otras, información sobre las cuentas del año 2016 e información actualizada sobre la situación de la empresa (la última comunicación sobre este tema fue el 16 de marzo de 2017).

En cuanto tengamos información oficial y rigurosa, haremos las valoraciones pertinentes e informaremos a toda la plantilla.

Acciones legales

Justicia

Tal y como hemos venido informando, en los últimos meses la Dirección de la Empresa está llevando a cabo de nuevo, una campaña de presión contra la Sección Sindical de ELA.
Las acciones de la Dirección de la Empresa han sido las siguientes:

El origen de esta nueva campaña, no es otro que el trabajo continuado por parte de la Sección Sindical de ELA para que se cumpla la normativa laboral y se respeten los derechos de los trabajadores.
Una vez más, la dirección de la empresa, intenta justificar sus incumplimientos de la ley cargando contra la parte de la representación legal de los trabajadores que intenta cumplir con sus obligaciones.

No es la primera vez que se produce una campaña de presión contra los miembros de la Sección Sindical de ELA. La vez anterior, en mayo de 2015, solo pedimos a Inspección de Trabajo que la Dirección de la Empresa cesara estas acciones, pero avisamos que no permitiríamos una situación similar en el futuro.

En vista de lo ocurrido y apoyados por nuestros servicios jurídicos, hace unas semanas, pusimos en conocimiento de las autoridades laborales la actual situación.
El pasado día 19 de julio se produjo el acto de conciliación al que no acudió ningún representante legal de la empresa.
El próximo jueves Inspección de Trabajo nos ha convocado a una reunión en su sede.

Seguiremos informando.

 

Bloqueo a los medios digitales de la Sección Sindical de ELA

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Como algunos habréis podido comprobar, desde el Departamento de Sistemas se ha bloqueado el acceso al blog de la Sección Sindical de ELA desde el centro de trabajo en Torres de Elorz.
También se ha bloqueado la dirección de correo que veníamos utilizando, por lo que hemos tenido que utilizar otra cuenta de correo para hacer llegar esta información a toda la plantilla.

Hemos solicitado una reunión con RRHH para pedir explicaciones sobre esta circunstancia y solicitar que se abra el acceso de nuevo para toda la plantilla.

Informaremos en cuanto tengamos una respuesta.

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Por alusiones a la Sección Sindical de ELA en el comunicado «¿Qué es MTorres?»

La semana pasada recibimos en nuestros domicilios un documento firmado por la propiedad de la empresa y con el título «¿Que es M.Torres?»

Nos gustaría hacer algunas consideraciones por alusiones a la Sección Sindical de ELA:

Los componentes de la sección de ELA somos profesionales con años de experiencia y como el resto de la plantilla, con la voluntad de realizar nuestro trabajo lo mejor posible y con el máximo nivel de implicación y responsabilidad. Esto incluye nuestro trabajo en el ámbito del Comité de Empresa.

Como otros trabajadores de M.Torres tenemos preocupaciones sencillas:

  • Nos preocupa la marcha de la empresa, porque de ello depende nuestro empleo y salario.
  • Nos preocupa que en momentos de máximos beneficios los salarios no hayan reflejado esa bonanza.
  • Nos preocupa la brecha salarial entre los trabajadores veteranos y las nuevas incorporaciones y la falta de expectativas de que se reduzca.
  • Nos preocupa el NMR, su supuesta «voluntariedad» sus secretas y opacas cláusulas.
  • Nos preocupa el aumento de compañeros con condiciones salariales y contractuales muy inferiores al resto de la plantilla: contratos temporales, becarios, contratos en prácticas, subcontratados, ETT …
  • Nos preocupa las largas jornadas de trabajo y la presión sobre determinados colectivos para que se realicen horas extras gratuitas.
  • Nos preocupa especialmente el colectivo de Servicio exterior: su aumento desproporcionado de jornada anual, los incumplimientos de los descansos obligatorios, la perdida de días de descanso, el alto número de días de viaje al año y sus consecuencias sobre la conciliación familiar y social del trabajador, la falta de control sobre sus vacaciones y días de descanso y la total falta de sostenibilidad en el tiempo de las actuales condiciones laborales.
  • Nos preocupa la seguridad y salud en el trabajo y los riesgos psicosociales.
  • Nos preocupa que nuestra empresa se convierta en un «Paraíso Empresarial» donde solo se cumplan aquellas leyes que convengan la dirección de la empresa.

Alguna de estas preocupaciones pueden ser del siglo diecinueve pero están plenamente justificadas en nuestra empresa del siglo veintiuno.

Nuestra historia como Sección Sindical está íntimamente relacionada con el crecimiento y mejora de nuestra empresa a lo largo de muchos años. Nos avalan años de colaboración, dialogo y acuerdos.

Lamentamos que la Propiedad vea de forma tan negativa nuestra labor de negociación, de defensa de las condiciones laborales y de divulgación e información a todos los trabajadores.
Si dejamos de cumplir con nuestras obligaciones: ¿Qué sentido tiene nuestro compromiso como representantes de los trabajadores en un estado de derecho?

Finalmente queremos agradecer las muestras de ánimo y solidaridad que muchos de vosotros nos habéis transmitido. Vuestro apoyo es imprescindible para nuestra labor.

 

Un Blog imprescindible.

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En este último semestre, nuestro blog, ha recibido tantas visitas como en todo el año 2016. Próximamente llegaremos a las veinte mil visitas.

Empezamos recibiendo visitas solo cuando avisábamos por correo de nuevas entradas. Al mismo tiempo que aportábamos nuevos contenidos, aumentaban los accesos a los mismos y la utilización de los hipervínculos.
Actualmente, cerca del 20 % de los accesos, son búsquedas de información al margen de las nuevas entradas del blog.

Nuestro blog se ha convertido en un referente sobre información laboral e imprescindible para estar al tanto del día a día en relaciones laborales.

No gustaría recordaros  que en el MENU superior tenéis dos opciones importantes para buscar información de forma rápida:

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ÍNDICE POR TEMAS

Información actualizada ordenada por temas.
Entre otros, La Sección Sindical de ELA, el Comité de Empresa, el Pacto de Empresa, licencias retribuidas o un apartado para las preguntas más frecuentes que nos planteáis.

DOCUMENTACIÓN

Documentos que usamos habitualmente, enlaces de interés y un archivo de documentos antiguos.

 



Es de suma importancia conocer tus derechos laborales, pero también lo es disponer del respaldo de un servicio jurídico profesional. Afiliándote al sindicato ELA, contarás con profesionales dedicados a ofrecerte asesoramiento y defensa jurídica en cuantos problemas de tipo laboral y de seguridad social se te presenten.
Puedes informarte pulsando aquí.
Recuerda que tu afiliación es un dato completamente confidencial.

 

 

«Contestación» de RRHH sobre la subida salarial 2017

Tal y como nos comprometimos, el pasado lunes día 18, enviamos este correos a RRHH:

Buenas tardes:

Una vez definido el incremento salarial para el año 2017 en el convenio del metal de Navarra, el 2,5%, solicitamos se actualice a salarios reales, como en años anteriores,  en la nómina del mes de junio. 

Aprovechamos para pedir las cuentas del año 2016.

Un saludo. 

De el último correo de RRHH enviado a toda la plantilla, entendemos que nuestra solicitud ha sido denegada.
RRHH no tiene intención de aplicar la subida completa del 2,5% a salarios reales y la actualización no se hará efectiva hasta que la firma del acuerdo de la mesa negociadora del Convenio del Metal de Navarra se publique en el BOE.

Sobre la crítica a nuestro comunicado del 8 de junio solo podemos decir que nuestro escrito nos sigue pareciendo correcto e incluye toda la información necesaria para respaldar nuestra solicitud.

Lo que puede no haber quedado muy claro es como afecta esta subida del convenio del metal a los trabajadores incluidos en el NMR.
En la reunión mantenida con Inspección de Trabajo el el pasado 16 de mayo con presencia de los responsables de RRHH y a raíz de una pregunta planteada por la Sección Sindical de ELA; el inspector dejó claro que sería ilegal cualquier acuerdo individual que empeorara las condiciones del Convenio de aplicación.
Por lo tanto, la mínima subida salarial aplicable en 2017 a los trabajadores incluidos en el NMR sería del 2,5% a tablas salariales.

Una vez rechazada nuestra solicitud y en vista de la confusión creada con el último correo de RRHH, vamos a solicitar una reunión del Comité de Empresa con RRHH para que nos expliquen como tienen pensado realizar la actualización salarial.

«Contestación» de RRHH a nuestra petición.

Buenas tardes,

En relación a la comunicación recientemente publicada sobre la actualización salarial aplicable al personal en Pacto y con el fin de despejar cualquier confusión generada como consecuencia de la misma, desde el área de RRHH debemos aclarar lo siguiente:

Lo acordado en el Convenio del Metal de Navarra es un 2,5% aplicable exclusivamente sobre tablas garantizadas del Metal de Navarra (ver acta adjunta del acuerdo).

  • Este acuerdo, conforme a lo definido en nuestro Pacto, implica una mayor subida salarial en aquellos casos en los que el incremento del 2,5% sobre tablas del Metal de Navarra sea superior al 1,5% sobre salarios reales (ya aplicado).
  • Actualmente estamos calculando las diferencias que pudiesen existir en cada caso para aplicarlas con efecto 1 de enero en la primera nómina tras la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra.
  • Una vez realizado el cálculo informaremos individualmente a todas aquellas personas cuya revisión salarial se vea afectada por lo acordado en el Convenio de Metal.

Consideramos inaceptable la actitud y la comunicación realizada por la sección sindical de ELA quien, bajo la aparente premisa del “todo vale”, pretende tergiversar lo pactado y confundir a la plantilla.

Estamos a vuestra disposición en el departamento de RRHH si tenéis cualquier duda o necesitáis cualquier aclaración.

Dirección RRHH – MTDI

Subida salarial 2017

Monedas escalera

Esta mañana se ha reunido la Mesa del Metal de Navarra para determinar el incremento salarial para el año 2017, ante la falta de un acuerdo en la AENC.

Se ha pactado una subida del IPC histórico estatal (1,6%) más un 0,9%. En total un 2,5% a aplicar sobre tablas.

Actualmente, por pacto de empresa, se ha aplicado una subida salarial de 1,5% a salarios reales.

La sección sindical de ELA va a solicitar a RRHH que actualice el 1% restante sobre salarios reales y si es posible que la aplique en la próxima nomina, sin esperar a su publicación en el BON.

Nos gustaría recordar que esta subida seria también la mínima aplicable a los trabajadores sujetos al NMR (Nuevo Modelo Retributivo).

Reunión en Inspección de Trabajo

2017_Inspección de trabajo

El pasado día 16 de mayo Inspección de trabajo convocó a una reunión en su sede en Pamplona a los responsables de RRHH y a los miembros de la Sección Sindical de ELA.
La razón de esta reunión era el requerimiento presentado ante inspección de trabajo por parte de la Sección Sindical de ELA sobre el derecho a recibir información sobre horas extras y el NMR (Nuevo Modelo Retributivo).

Aquí tenéis un resumen de las notas que tomamos durante la reunión:

Horas extras

Sección Sindical de ELA:
Esta sección sindical quiere llevar control de las horas extras que se realizan, por el exagerado aumento de jornada anual en algunos colectivos, por los problemas de conciliación familiar y privada y por la eliminación de puestos de trabajo que esto conlleva.
La falta de control sobre estas horas reducen considerablemente las jornadas de descanso de los trabajadores, sobre todo de servicio exterior.

Abogado de M.Torres:
En M.Torres no se hacen horas extras no remuneradas pues esto sería ilegal.

RRHH:
Es muy difícil saber cuantas horas de trabajo efectivo hace cada trabajador. Los trabajadores son altamente autónomos y no se lleva control de las pausas que se hacen (café, cigarrillos, etc.) el resto de horas de presencia son voluntarias.
En Servicio Exterior no lleva control de las horas que se hacen.

En Servicio Exterior no hacen horas extras pagadas porque nadie las solicita.

Inspección de trabajo:
Considera que la dirección de la empresa hace una grave dejación de sus obligaciones de control e información de las horas extras, sobre todo en servicio exterior.
RRHH debe informar mensualmente a cada trabajador, junto con la nómina, de las horas extras realizadas. Esta es la misma información debe ser comunicada al Comité de Empresa.
A partir de la novena hora diaria o de las cuarenta semanales de trabajo, todas las horas tienen la consideración de horas extras.
El pago de dietas, aunque sean de mayor cuantía que las estipuladas por la legislación laboral, no compensa de ninguna manera un aumento de jornada anual por encima de lo estipulado en convenio.

NMR (Nuevo Modelo Retributivo)

RRHH:
Accederían a informar de manera verbal sobre el sistema, pero no por escrito al Comité de Empresa.

Inspección de Trabajo:
Este tipo de modelos está extendiéndose por diferentes empresas.
Inspección estudiará si RRHH tiene obligación legal de informar sobre este tema a los representantes de los trabajadores.
Los acuerdos individuales son ilegales si empeoran las condiciones laborales del trabajador con respecto al Convenio del Metal de Navarra. Por tanto, sería ilegal un acuerdo de aumento de jornada anual superior al que marque el convenio o la aplicación de una subida de salario anual inferior a la aplicable por convenio.

Prohibición de entrada a las instalaciones a los asesores de ELA

Inspección de Trabajo:
Inspección remarca que los cargos sindicales electos tienen derecho a entrar en los centros de trabajo previo aviso al empresario.

 

Inspección de trabajo solicitó a RRHH la entrega de algunos documentos y se comprometió a enviar un informe sobre sus conclusiones.