Porque cobramos dieta y complemento e implicaciones de la propuesta.

La dieta

La dieta en M. Torres se corresponde con el máximo exento y lleva muchos años congelada. En la actualidad, y tras años de incremento del coste de la vida, la dieta vigente no cubre una manutención digna y saludable en muchos de los países a los que se desplaza el personal de Servicio Exterior.

Hace años, la Sección Sindical ELA, con el fin de paliar esta situación, alcanzó un acuerdo para que las actualizaciones salariales se aplicaran al conjunto formado por dieta y complemento, de modo que el complemento compensara tanto la falta de actualización de la dieta como la inflación anual.

El complemento

Además de compensar la insuficiencia progresiva de la dieta, el complemento salarial retribuye las condiciones específicas del Servicio Exterior, en particular:

  • Los periodos prolongados de viaje.
  • La incomodidad y el riesgo asociados a desplazamientos largos y a determinados países de destino.
  • La separación de la familia, del entorno personal y de la vida habitual.
  • El mayor coste que supone un ocio mínimo en países con un nivel de precios más elevado.
  • Y, especialmente, la alta exigencia de un trabajo de gran responsabilidad, desarrollado directamente frente al cliente.

Horas extraordinarias

Hasta hace poco, en planta una parte significativa de las horas extraordinarias no se compensaba, bajo el argumento de que ya estaban incluidas en el salario de determinados colectivos. Este mismo razonamiento continúa utilizándose cuando la empresa se refiere al Complemento de Servicio Exterior.

Sin embargo, el complemento no puede absorberlo todo: no puede servir al mismo tiempo para compensar las penurias del desplazamiento y convertirse en un mecanismo encubierto de incremento de jornada. Mezclar ambas funciones desnaturaliza completamente su finalidad.

La trampa de la voluntariedad

Resulta especialmente preocupante que la propuesta se apoye en una supuesta voluntariedad de las horas extraordinarias, cuando es conocido que históricamente dicha “voluntariedad” en el Servicio Exterior ha estado marcada por la presión organizativa, la responsabilidad frente al cliente y la imposibilidad real de negarse, con el añadido de que ahora dichas horas pasarían a “pagarse”.

Un peligroso precedente

Además de la duda razonable que plantea la legalidad de esta medida, aceptar que una parte del salario sirva para compensar el exceso de jornada sienta un precedente muy peligroso para el conjunto de la plantilla.
Si se admite que un complemento salarial puede absorber las horas extraordinarias, cualquier otro complemento de cualquier colectivo podría utilizarse con la misma lógica, invocando la competitividad y utilizando como herramienta una modificación sustancial de condiciones de trabajo.